PRONUNCIAMIENTO PÚBLICO a Viviana Viera - En defensa del ambiente, la transparencia y la igualdad ante la ley
Montañas del Quindío, mayo 07 de 2026
PRONUNCIAMIENTO
PÚBLICO
En
defensa del ambiente, la transparencia y la igualdad ante la ley
En mi
calidad de veedor ambiental y miembro del Consejo de Cuenca del POMCA
del río La Vieja, me permito expresar ante la opinión pública mi profunda
preocupación por los hechos revelados en la respuesta emitida por la Corporación
Autónoma Regional del Quindío – CRQ frente al radicado 4796-26, en la cual
la propia entidad reconoce que la actuación relacionada con el predio rural
objeto de denuncia en el municipio de Génova permanece en etapa de
indagación preliminar y que, adicionalmente, se intentó practicar tres
nuevas visitas de control los días 26 de marzo, 22 de abril y 30 de abril de
2026, sin que se obtuviera autorización para el ingreso de los funcionarios,
razón por la cual fue programada una nueva visita para hoy 7 de mayo de 2026.
Estos
hechos son de la mayor gravedad institucional. La ciudadanía no puede recibir
el mensaje de que las visitas de control ambiental son legítimas cuando recaen
sobre terceros, pero se convierten en supuesta “persecución” cuando la
autoridad intenta verificar hechos en un predio vinculado a una persona con
poder político o con asiento en instancias directivas del sector ambiental como
lo es la señora Viviana Viera.
La ley
no establece privilegios, excepciones ni zonas de inmunidad para nadie. Por el
contrario, la función de control ambiental existe precisamente para garantizar
que el uso de los recursos naturales, el manejo del suelo, los vertimientos y
las intervenciones sobre el territorio sean verificados con rigor técnico,
objetividad y oportunidad.
Por
ello, formulo un llamado público y respetuoso, pero absolutamente firme, a la ciudadana
Viviana Viera miembro del Consejo Directivo de la CRQ para que dé
ejemplo ante el departamento, cese cualquier conducta de obstaculización
material de la labor de control ambiental y explique con claridad ante la
opinión pública y ante la institucionalidad por qué ha impedido
reiteradamente el acceso de la autoridad a un predio objeto de verificación.
Quien
ocupa una posición de representación o dirección en asuntos públicos tiene un
deber reforzado de coherencia, de colaboración con las autoridades y de respeto
por el principio de igualdad ante la ley. La ética pública no se acredita con
discursos ni victimizándose; se demuestra facilitando las verificaciones,
atendiendo los requerimientos y sometiéndose con transparencia al mismo control
que se exige para todos los demás ciudadanos.
No
puede normalizarse que una autoridad ambiental quede frenada por negativas
reiteradas de ingreso mientras la actuación permanece indefinidamente en fase
preliminar. La respuesta de la CRQ demuestra que, a la fecha, no se han
formulado cargos, no se ha abierto formalmente proceso sancionatorio y no se
han impuesto medidas preventivas, pese a que la entidad ya realizó visita
inicial, tiene las evidencias, conserva documentos técnicos en expediente y
reconoce la necesidad de nuevas inspecciones y verificaciones sobre permisos,
autorizaciones y demás aspectos ambientales del caso. Esa situación exige
una reacción institucional más decidida, eficaz y proporcional.
En
consecuencia, exigimos públicamente a la CRQ que, en ejercicio de sus
competencias constitucionales y legales, supere sin más dilaciones la etapa
de indagación preliminar, adopte las decisiones procesales que correspondan
conforme al mérito técnico ya recaudado y, de encontrarse configurados los
presupuestos legales, proceda a imponer medidas preventivas y a dar apertura
formal al proceso sancionatorio ambiental.
La
autoridad ambiental no puede transmitir una imagen de vacilación frente a
hechos que ameritan verificación seria, especialmente cuando existen
antecedentes de visitas frustradas y persistencia de dudas sobre la situación
ambiental y territorial del predio.
También
resulta indispensable recordar que esta controversia no surgió de una mera
especulación. Hemos radicado peticiones solicitando información concreta sobre
el acta de visita, el informe técnico, las evidencias, el estado del proceso,
la existencia de permisos, concesiones, autorizaciones, medidas preventivas y
actuaciones administrativas relacionadas con el predio, así como información
urbanística, de uso del suelo, determinantes ambientales, riesgo y eventuales
registros o antecedentes municipales. Con identificación plena del predio La
María, con ficha catastral 0001-0006-0099-000 y ubicado en la vereda
El Dorado, Génova, Quindío.
El
debate ya no puede reducirse a una narrativa de victimización. El verdadero
punto de fondo es otro: si una persona con influencia institucional está
colaborando o no con la acción legítima de la autoridad ambiental. Y si la
respuesta, según lo dicho por la propia CRQ, es que ha habido reiteradas
negativas de ingreso, entonces el país y el Quindío tienen derecho a exigir
explicaciones y correctivos.
Desde
mi posición de control social y de defensa del territorio, debo decirlo con
toda claridad:
Nadie
está por encima de la ley.
Nadie está por encima del control ambiental.
Nadie adquiere inmunidad por ostentar una delegación presidencial o una
silla en el Consejo Directivo de la CRQ.
La
mejor manera de honrar la función pública, la ética ambiental y la confianza
ciudadana sería permitir la visita, transparentar los resultados y someterse
sin privilegios al escrutinio técnico. Cualquier conducta en sentido contrario
erosiona la legitimidad institucional, afecta el ejemplo que se da a la
ciudadanía y agrava el conflicto de interés que hoy rodea este caso.
Por esa
razón, anuncio la instauración de una recusación para que Viviana Viera
como integrante del Consejo Directivo de la CRQ se aparte de dicha
instancia, dado el conflicto de interés que ella misma ha generado con
su comportamiento evasivo a la atención de las visitas y atacando políticamente
las actuaciones de control.
No es
compatible exigir imparcialidad, confianza y respeto por la institucionalidad
mientras subsisten dudas razonables sobre la colaboración debida con la
autoridad ambiental en un asunto que la compromete directamente ante la opinión
pública nacional y regional y ante la administración de la propia autoridad
ambiental donde ha sido encargada en su consejo directivo.
La
integridad institucional exige separar con absoluta nitidez el interés
particular de la función pública.
La
ciudadanía quindiana merece un mensaje inequívoco:
Que las
autoridades se respetan,
Que las visitas se atienden,
Que los resultados se transparentan,
y que el poder no es refugio para evadir la ley.
LUIS ALBERTO VARGAS BALLÉN
Veedor
ambiental
Miembro del Consejo de Cuenca del POMCA del río La Vieja
CC. 18.490.889
📩 Contacto
Correo: veeduriaarmeniayquindio@gmail.com
Teléfono: +57 314.2105325
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