PRONUNCIAMIENTO PÚBLICO a Viviana Viera - En defensa del ambiente, la transparencia y la igualdad ante la ley

Montañas del Quindío, mayo 07 de 2026

 

PRONUNCIAMIENTO PÚBLICO

En defensa del ambiente, la transparencia y la igualdad ante la ley



En mi calidad de veedor ambiental y miembro del Consejo de Cuenca del POMCA del río La Vieja, me permito expresar ante la opinión pública mi profunda preocupación por los hechos revelados en la respuesta emitida por la Corporación Autónoma Regional del Quindío – CRQ frente al radicado 4796-26, en la cual la propia entidad reconoce que la actuación relacionada con el predio rural objeto de denuncia en el municipio de Génova permanece en etapa de indagación preliminar y que, adicionalmente, se intentó practicar tres nuevas visitas de control los días 26 de marzo, 22 de abril y 30 de abril de 2026, sin que se obtuviera autorización para el ingreso de los funcionarios, razón por la cual fue programada una nueva visita para hoy 7 de mayo de 2026.

Estos hechos son de la mayor gravedad institucional. La ciudadanía no puede recibir el mensaje de que las visitas de control ambiental son legítimas cuando recaen sobre terceros, pero se convierten en supuesta “persecución” cuando la autoridad intenta verificar hechos en un predio vinculado a una persona con poder político o con asiento en instancias directivas del sector ambiental como lo es la señora Viviana Viera.

La ley no establece privilegios, excepciones ni zonas de inmunidad para nadie. Por el contrario, la función de control ambiental existe precisamente para garantizar que el uso de los recursos naturales, el manejo del suelo, los vertimientos y las intervenciones sobre el territorio sean verificados con rigor técnico, objetividad y oportunidad.

Por ello, formulo un llamado público y respetuoso, pero absolutamente firme, a la ciudadana Viviana Viera miembro del Consejo Directivo de la CRQ para que dé ejemplo ante el departamento, cese cualquier conducta de obstaculización material de la labor de control ambiental y explique con claridad ante la opinión pública y ante la institucionalidad por qué ha impedido reiteradamente el acceso de la autoridad a un predio objeto de verificación.

Quien ocupa una posición de representación o dirección en asuntos públicos tiene un deber reforzado de coherencia, de colaboración con las autoridades y de respeto por el principio de igualdad ante la ley. La ética pública no se acredita con discursos ni victimizándose; se demuestra facilitando las verificaciones, atendiendo los requerimientos y sometiéndose con transparencia al mismo control que se exige para todos los demás ciudadanos.

No puede normalizarse que una autoridad ambiental quede frenada por negativas reiteradas de ingreso mientras la actuación permanece indefinidamente en fase preliminar. La respuesta de la CRQ demuestra que, a la fecha, no se han formulado cargos, no se ha abierto formalmente proceso sancionatorio y no se han impuesto medidas preventivas, pese a que la entidad ya realizó visita inicial, tiene las evidencias, conserva documentos técnicos en expediente y reconoce la necesidad de nuevas inspecciones y verificaciones sobre permisos, autorizaciones y demás aspectos ambientales del caso. Esa situación exige una reacción institucional más decidida, eficaz y proporcional.

En consecuencia, exigimos públicamente a la CRQ que, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, supere sin más dilaciones la etapa de indagación preliminar, adopte las decisiones procesales que correspondan conforme al mérito técnico ya recaudado y, de encontrarse configurados los presupuestos legales, proceda a imponer medidas preventivas y a dar apertura formal al proceso sancionatorio ambiental.

La autoridad ambiental no puede transmitir una imagen de vacilación frente a hechos que ameritan verificación seria, especialmente cuando existen antecedentes de visitas frustradas y persistencia de dudas sobre la situación ambiental y territorial del predio.

También resulta indispensable recordar que esta controversia no surgió de una mera especulación. Hemos radicado peticiones solicitando información concreta sobre el acta de visita, el informe técnico, las evidencias, el estado del proceso, la existencia de permisos, concesiones, autorizaciones, medidas preventivas y actuaciones administrativas relacionadas con el predio, así como información urbanística, de uso del suelo, determinantes ambientales, riesgo y eventuales registros o antecedentes municipales. Con identificación plena del predio La María, con ficha catastral 0001-0006-0099-000 y ubicado en la vereda El Dorado, Génova, Quindío.

El debate ya no puede reducirse a una narrativa de victimización. El verdadero punto de fondo es otro: si una persona con influencia institucional está colaborando o no con la acción legítima de la autoridad ambiental. Y si la respuesta, según lo dicho por la propia CRQ, es que ha habido reiteradas negativas de ingreso, entonces el país y el Quindío tienen derecho a exigir explicaciones y correctivos.

Desde mi posición de control social y de defensa del territorio, debo decirlo con toda claridad:

Nadie está por encima de la ley.
Nadie está por encima del control ambiental.
Nadie adquiere inmunidad por ostentar una delegación presidencial o una silla en el Consejo Directivo de la CRQ.

La mejor manera de honrar la función pública, la ética ambiental y la confianza ciudadana sería permitir la visita, transparentar los resultados y someterse sin privilegios al escrutinio técnico. Cualquier conducta en sentido contrario erosiona la legitimidad institucional, afecta el ejemplo que se da a la ciudadanía y agrava el conflicto de interés que hoy rodea este caso.

Por esa razón, anuncio la instauración de una recusación para que Viviana Viera como integrante del Consejo Directivo de la CRQ se aparte de dicha instancia, dado el conflicto de interés que ella misma ha generado con su comportamiento evasivo a la atención de las visitas y atacando políticamente las actuaciones de control.

No es compatible exigir imparcialidad, confianza y respeto por la institucionalidad mientras subsisten dudas razonables sobre la colaboración debida con la autoridad ambiental en un asunto que la compromete directamente ante la opinión pública nacional y regional y ante la administración de la propia autoridad ambiental donde ha sido encargada en su consejo directivo.

La integridad institucional exige separar con absoluta nitidez el interés particular de la función pública.

La ciudadanía quindiana merece un mensaje inequívoco:

Que las autoridades se respetan,
Que las visitas se atienden,
Que los resultados se transparentan,
y que el poder no es refugio para evadir la ley.

 

lavb firma

LUIS ALBERTO VARGAS BALLÉN

Veedor ambiental
Miembro del Consejo de Cuenca del POMCA del río La Vieja

CC. 18.490.889

📩 Contacto

Correo: veeduriaarmeniayquindio@gmail.com

Teléfono: +57 314.2105325

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